Corte de Apelaciones de Temuco confirma absolución de Domingo Cofré por el homicidio de joven estadounidense

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy –miércoles 9 de marzo– el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público  en contra de la sentencia que absolvió  a Domingo Cofré Ferrada por el homicidio calificado de la psicóloga estadounidense Erica Hagan y el incendio del departamento que habitaba  la víctima, perpetrado la madrugada del 5 de septiembre del  2014, al interior del Colegio Bautista de la capital regional.

En fallo dividido, la primera sala, integrada por los ministros Luis Troncoso Lagos, Julio César Grandón Castro y la fiscal Judicial Tatiana Román Beltramín– rechazó la acción judicial y confirmó la resolución dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, el 23 de diciembre pasado.

El fallo de primera instancia dio por acreditado que “la madrugada del 5 de septiembre de 2014, la joven  norteamericana  Erica Faith Hagan (de 22 años), falleció al interior del Colegio Bautista de Temuco, producto  de  la  acción brutal   de   terceras personas,   en   circunstancias   extrañas. Asimismo, se  acreditó  que a fin  de  eliminar evidencias se produjo un  foco  de  incendio  en  el sitio  del  suceso,  el  que  por  razones ignoradas no  se propagó  mayormente.  Sin  embargo,  estos sentenciadores  se  hacen  el  deber  de señalar que pese a los esfuerzos destinados a buscar la verdad de lo sucedido, de parte del órgano estatal de persecución penal, en cuanto a la participación criminal se refiere, ello ha resultado absolutamente insuficiente e inocuo”.

Criterio que ratificó el tribunal de alzada, “que formó su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral, que en el caso no existe certeza alguna de la participación del acusado (el técnico jurídico Domingo Javier Cofré Ferrada, quien se desempeñaba con rondín del establecimiento donde sucedieron los hechos).... Por estas consideraciones se rechaza el recurso de nulidad deducido por el Ministerio Público, en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, la que en consecuencia no es nula. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Luis Alberto Troncoso Lagos, quien estuvo por acoger el recurso de nulidad” señala el fallo redactado por la fiscal judicial Tatiana Román.

No hay comentarios